Objeto
Ayudas destinadas a impulsar la digitalización de autónomos y pymes en Extremadura, mediante la implantación de soluciones tecnológicas y servicios TIC orientados a mejorar la competitividad, productividad y modernización de los procesos empresariales.
Plazo de presentación
Plazo abierto hasta el 14/08/2026 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación).
Ayuda sujeta a Mínimis.
Beneficiarios
- Autónomos y pymes que desarrollen su actividad económica en Extremadura y deseen impulsar la transformación digital de su negocio.
Actuaciones subvencionables
- Desarrollo o mejora de páginas web corporativas, tiendas online y plataformas de comercio electrónico.
- Actuaciones de marketing digital y presencia online, incluyendo posicionamiento SEO/SEM, servicios de Community Manager (gestión de redes sociales) y creación de contenidos multimedia.
- Implantación de software de gestión empresarial, incluyendo herramientas ERP, CRM o sistemas de facturación electrónica.
- Implantación de plataformas digitales B2B para gestión de clientes, distribuidores, proveedores o canales comerciales profesionales.
- Incorporación de soluciones de ciberseguridad y seguridad informática destinadas a mejorar la protección de datos y sistemas de la empresa.
Subvención
La ayuda podrá cubrir hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 20.000 € por beneficiario.
Los importes máximos por línea de actuación son los siguientes:
- Desarrollo o mejora de páginas web: 500 €.
- Tienda online: 4.000€
- SEO/SEM: 7.000€
- Servicios de gestión de redes sociales y presencia digital de la empresa (Community Manager): 3.000€
- Creación de contenidos multimedia: 2.000€
- Software de gestión empresarial y sistemas de facturación electrónica: 5.000€
- Plataforma de gestión comercial B2B: 5.000€
- Ciberseguridad: 12.000€
Gastos subvencionables
- Costes de consultoría, asistencia técnica y formación vinculados directamente a la implantación de las soluciones digitales.
- Desarrollo, adquisición, adaptación e implantación de software necesario para la actuación subvencionable.
- Gastos de licencias, contratación de servicios en la nube y herramientas digitales asociadas al proyecto.
- Adquisición de hardware específico, siempre que sea necesario para el correcto funcionamiento de la solución implantada.
- Gastos de dominio web en actuaciones de presencia en Internet o tienda online.
- En el caso de tiendas online, podrán incluirse gastos de alta de dominio, alojamiento del primer año, cuentas de correo asociadas, mantenimiento web inicial y puesta en marcha de la plataforma.
- En actuaciones SEM, serán subvencionables los gastos de enlaces patrocinados y los servicios profesionales de asesoramiento y gestión de campañas.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.




